LAS ISLAS DEL ATLANTICO COMO DEFENSA DE LOS SECUESTROS DE CARLOS V.
EMELINA MARTIN ACOSTA
Historia de América
Universidad de Valladolid
Gracias a prestigiosos historiadores especialistas en temas económicos (Hamilton, Vilar, Haring), conocemos con cierta certeza la cantidad de metales precios os que llegaron de las Indias y su posterior repercusión en la revolución de los precios europeos.
Sin embargo, en este trabajo no vamos a plantearnos ni el montante del dinero indiano, ni siquiera su huella económica en el mundo de los negocios, porque solo pretendemos abordar un único tema: los secuestros de las remesas que de Indias llegaban para particulares como consecuencia de los avatares de la politica exterior del emperador Carlos V. Y por supuesto, también analizaremos el importante papel que las islas del Atlántico tuvieron en ese proceso.
De este modo, si las islas Canarias se convirtieron desde 1492 en escala obligada de las flotas castellanas que iban a América, como lugar de aprovisionamiento de los buques y como punto de embarque de mercancias, e incluso pasajeros, las islas Azores adquirían el papel de escala obligada en el regreso de esas mismas flotas cuando regresaban. Y a ello hay que añadir el hecho de que la Corona Castellana se vió obligada además a enviar a esas islas de las Azores escuadras armadas que defendieran a la flota de los ataques de corsarios y piratas, en el último tramo de la ruta hacía Sevilla. Pero tambien las islas Azores se convirtieron en "puerto de defensa" de las remesas indianas de los particulares ante la posibilidad de caer en los temidos secuestros de la Real Hacienda, como estudiaremos posteriormente.
Los Austrias, como herederos de los Reyes Católicos continuaron con una política exterior que cada vez acaparaba más gasto público, muchas veces superior al que la situación económica de Castilla podía soportar. Por ello, los envíos de oro, plata y piedras preciosas que llegaban de las Indias van a constituir el principal apoyo de los planes de los Austrias, al servicio del Imperio y de la Cristiandad.
El obispo de Badajoz, hombre muy vinculado a Don Carlos y perteneciente a su Consejo Real, había expuesto en las Cortes de La Coruña la idea imperial que había de servir al futuro Carlos V: "Este imperio no lo aceptó Carlos para ganar nuevos reinos, pues le sobran los heredados, que son más y mejores que los de ningún rey; aceptó el imperio para cumplir las muy trabajosas obligaciones que implica, para desviar grandes males de la religión cristiana y para acometer la empresa contra los infieles enemigos de nuestra santa fe católica, en la cual entiende, con la ayuda de Dios, emplear su real persona"179.
El obispo Mota manifestaba de este modo que el fin principal del Imperio debía ser el de dirigir todos los esfuerzos disponibles hacia la lucha contra los infieles. Y así, desde el primer momento, vemos que Carlos V se va a marcar prioritariamente una doble misión: dirigir la Cruzada de la Cristiandad contra el Islam y reducir el peligro interno de la herejía protestante180.
Podemos decir que la política imperial de Carlos V se encauza en tres líneas de acción fundamentales: una, de continuidad, heredada de sus abuelos los Reyes Católicos frente a los turcos; otra de consolidación del poder imperial frente a Francisco I frenándo las aspiraciones francesas en Italia; y por último el enfrentamiento del problema alemán, donde los príncipes, ante el poder imperial, temen verse desposeidos de sus prepotencias feudales, por lo que aprovechan el incendio de la Reforma para debilitar el poder imperial.
Las empresas que el monarca español tendrá así que sostener, van a ser de un coste elevadísimo, y sólo se podrán solventar -frente a la solidaridad de los enemigos- gracias a los recursos llegados de Indias. La coyuntura americana se presentará favorable a tan emprendedor monarca puesto que las grandes conquistas coinciden con el cenit del reinado de Carlos V, de tal forma que, a medida que la deuda imperial aumentaba, llegó a ser corriente extender las libranzas sobre los fondos retenidos en la Casa de la Contratación de Sevilla, como tabla de salvación181.
Sin embargo las remesas que llegan con destino al monarca, con ser muy numerosas, no darían abasto para sufragar todos los gastos y por ello la hacienda real copará en sus "redes" fiscales también a los envíos que se hacían a particulares. En consecuencia, los legítimos dueños del dinero indiano, serían obligados a aceptar un sistema de "préstamos forzosos" a cambio de juros, más ventajosos para la administración real que los asientos concertados con los hombres de negocios. Pero en este caso, con no menos repercusiones, al debilitar la corriente del oro y plata americanos y al restar recursos a la financiación de las empresas indianas.
De las Indias, más que de ningún otro sitio, va a sacar Carlos V los recursos que le permitirán realizar en Europa y en el norte de Africa la difícil misión asumida. El oro y la plata americanos van a estar muy presentes a la hora de emprender nuevas y muy numerosas empresas, por lo que el Monarca español anduvo, de forma habitual, con más deudas que dinero. De todo ello, los grandes beneficiados serían los banqueros, quienes aceptarían las remesas en futuro, como garantía óptima de sus costosos préstamos, con los cuales obtendrían pingües beneficios con el siempre beneplácito del emperador, al permitirles sacar de la península grandes cantidades de metales, acuñados o en pasta, para solventar de manera espléndida sus vencidas letras de pago.
El destino del oro americano, será muy variado, de tal manera que lo veremos aplicar, unas veces para liquidar deudas apremiantes, otras para eludir nuevos asientos con los hombres de negocios, pero sobretodo, sin lugar a dudas, ayudará e incluso solucionará las empresas de la política exterior del emperador.
PRIMER SECUESTRO DE METALES: 1523
El primer problema importante se presenta a D. Carlos, apenas fue resuelta la elección imperial. Y así Francisco I declarará la guerra el 22 de abril de 1521, con el inicio de la invasión de Navarra, punto de arranque de una pugna que cubrirá un amplio periodo conflictivo182.
Todo ello trajo consigo una necesidad de numerario urgente, en la que las remesas llegadas de Indias se presentan como el más esperanzador remedio, considerándolos, además, como promesa de un futuro más cuantioso. Los sucesivos envíos de Santo Domingo y Nueva España habían situado en la Casa de Contratación de Sevilla suficiente dinero como para que hubiera un remanente con el cual solventar la campaña contra los france-ses. Sin embargo, las remesas que por tributos llegaban para las arcas reales no van a ser suficiente y se tiene que optar por el secuestro de las partidas destinadas a los particulares.
Este primer secuestro de 1523 ascendía a 300.000 ducados y representaba todo el oro y la plata que llegó en cinco bajeles de las Indias a Sevilla en ese año.
La retención del dinero no oficial se llevó a cabo en la Casa de la Contratación y debió ser muy perjudicial para las víctimas de tan "forzoso préstamo"; por lo que se quejaron ante el monarca. Como posible solución el conde de Osorno, del Consejo de Estado que se ocupaba de los asuntos indianos, por enfermedad de Fonseca, propone reconocerles el disfrute de partidas no mayores de 20.000 pesos de oro con el fin de apaciguar a los titulares. De todas formas como una gran parte del oro venía sin registrar, resultó más fácil efectuar el secuestro sin afectar demasiado a los dueños que traían oro perfectamente legalizado183.
LOS SECUESTROS DE REMESAS INDIANAS PARA LA CAMPAÑA DE TUNEZ
Las riquezas del Perú van a ser las primeras remesas indianas que habrían de consumirse en la realización de una gran campaña de la política imperial. Carlos V se siente respaldado por una favorable coyuntura económica: gracias al tesoro de Atahualpa llegó a la península en 1533 un importante aporte financiero como signo especial de la providencia al respaldo de su política frente al enemigo islámico.
El hecho de que tan grandes riquezas peruanas fuesen destinadas para la campaña que el emperador emprendía contra el turco en el Mediterráneo fue muy bien acogido en Indias, puesto que no eran pocos los que, de acuerdo con las ideas de proximidad, pensaban que de no hacerse así, podía Solimán aprovecharse de las noticias del hallazgo, puesto sabían que los mares de la Especiería eran navegados por mercaderes islámicos.
El licenciado Espinosa nos ofrece un buen ejemplo de esa actitud en la carta a su Majestad del primero de octubre de 1533, en la que decía que: "esta tan gran nueva e riqueza del Perú fará tan gran ruido, que a todos los Pryncipes del Mundo, Xpianos e moro, fará volver a poner los oxos en ello; e el Turco prencipalmente lo tiene harto a la mano por aquella vía, pues posee las tierras e señorío del soldan" [Egipto]184. La causa de la preocupación del licenciado Espinosa se debía a la idea de que las costas asiáticas estaban próximas a las de Nueva España, por lo que las "empresas del Poniente", emprendidas desde Panamá tenían ese objetivo. Por tanto Solimán podría llegar a esos nuevos territorios descubiertos por los españoles invirtiendo la ruta, con lo que se complicaría la empresa, por lo menos, con una interferencia o competencia tan temible como indeseable. Por lo tanto, frenar al turco en las tierras mediterráneas era también evitar el posible acoso tan amenazante para Espinosa, personalmente, como socio que era de la empresa del Perú.
La campaña de Túnez acapararía la totalidad de los tesoros peruanos recibidos en 1533 y años inmediatos. La llegada a Sevilla de los primeros envíos de aquellos nuevos territorios confirmó la magnitud de los vaticinios hechos por los Pizarros en Toledo y de los que tuvo conocimiento el emperador cuando se encontraba en Alemania.
Pero, sí supuso para Carlos V una gran novedad el poder contar con los tesoros del Perú en esta campaña de Túnez, más lo era ponerse en contacto con una realidad tan abrumadora que ni con los fondos llegados de Indias para la Real Hacienda tuvo suficiente, porque, a diferencia de las campañas de la época de don Fernando, los gastos y necesidades del Emperador se multiplicaban más que los recursos. Por lo tanto, es muy explicable que tuviera que apelar a los secuestros; y no de una forma ocasional como sucedió en 1523 para la guerra contra Francia, sino de una manera sistemática.
El hecho es que, a partir de 1534 y a lo largo de tres años, 1535, 1536 y 1537 dispone Carlos V, como de cosa propia, de las remesas de propiedad privada procedentes de ultramar.
Si nos atenemos a las cifras dadas por el cronista Francisco de Xerez185, el oro y la plata que se registró en las cuatro naos (que llegaron el 5 de diciembre de 1533, el 9 de enero de 1534 y las dos del 3 de junio de 1534) ascendió a 708.580 pesos de oro y 49.008 marcos de plata y ello sin tomar en cuenta el valor de las vasijas y otras piezas de oro y plata. En estas cantidades se englobaba el metal para su Majestad, 153.000 pesos de oro y 5.048 marcos de plata y el resto para particulares, 555.580 pesos de oro y 43.960 marcos de plata.
La diferencia del volumen entre los caudales remitidos correspondientes a la Real Hacienda y los de particulares, llegados en los cuatro navíos que transportaron los primeros tesoros del Perú, permite comprender, por lo pronto, la tentación del secuestro, cuando la necesidad era inaplazable, pero también la presumible seguridad de que, abierta esa vía de ingresos, no sería gravoso el procedimiento, ante la posibilidad de poder atender también las súplicas de particulares y de proceder pronto a los reintegros.
El hecho es que Carlos V, por el sistema de secuestros, unió al numerario público los caudales privados y con ello prescindir en la financiación de la campaña de Túnez del recursos a los préstamos de los banqueros, a los que aún debía intereses, consignados incluso en la Casa de Contratación de Sevilla. Con tal cantidad de riqueza a su alcance, como era la que le brindaban los tesoros peruanos, eligió el emperador el método más rápido y menos costoso para llevar a cabo su empresa: los secuestros, los cuáles le permitían emitir unos juros al 3 %, mientras que los réditos de los banqueros ascendían a 16 %. Contaba pues, con la baratura del adelanto.
Más, por otro lado, era importante la rapidez de poder acceder, enseguida, a los fondos precisos, puesto que nada más llegar a Sevilla se podía producir la incautación y el amonedamiento, mientras que en las tramitaciones de los créditos había que esperar lo necesario, ya que las gestiones no eran tan fáciles.
El profesor Carande estudió en su obra Carlos V y sus banqueros, de "cuatro secuestros" destinados -casi en su totalidad- a la armada de Túnez. El primero es el de 1534 y se presentó documentado con cuatro cédulas reales, con fecha de varios días (19, 22, 26 y 30) del mes de enero de 1535, en las cuáles se dan noticias, muy escasas, pero probatorias de que en 1534 ya había mandado Carlos V secuestrar remesas de Indias. De hecho, en una libranza del 13 de septiembre de 1534 Carlos V ordenó a los oficiales de la Casa de Contratación que realizaran "unos Pagos para el gasto ordinario de mi casa real". Sin embargo, estos pagos habrían de hacerlos sin tocar el oro y la plata de la hacienda de su Majestad que había llegado del Perú desde diciembre de 1533 186. Ordenanza que ya les había anticipado por otra real cédula desde Toledo el 7 de marzo de 1534, después que legó Hernando Pizarro a dicha ciudad, donde mostró a su Majestad "dos vasijas de oro y una de plata, y un retablo, y dos cañas de mais de oro y un tambor pequeño guarnecido de oro. Más adelante indicó a los mismos oficiales que sobre la relación enviada al Consejo de Indias de todo lo registrado en las naves: "la mandaré ver e se proveerá con brevedad lo que convenga a mi serycio e bien desa casa, e se os ará saber"187.
En efecto, en todo ello se intuye un secuestro, cuya fecha no se ha podido precisar, pero en una carta fechada en Madrid el 30 de enero de 1535 lo confirma e incluso lo justifica "la causa del secuestro ha sido la extrema necesidad que se ha ofrecido para la provisión de las armadas mandadas hacer para resistir al gran turco y sus capitanes"188.
El 4 de marzo de 1535 envió el emperador dos reales cédulas desde Guadalajara a la Casa de la Contratación de Sevilla, una dirigida a los oficiales y al licenciado Antonio de Frías y la segunda a los contadores mayores189. En ambas Carlos V suscribe la instrucción propia del segundo secuestro para la empresa de Túnez, el cuál va a ser de una enorme cuantía, puesto que ascenderá hasta 800.000 ducados del "dicho oro y plata".
Por otro lado, a los dueños del dinero embargado se les pagaría en "xuros perpetuos a razón de treynta mil el millar con que lo podamos quitar dentro de seis años primeros syguientes, que se cuenten desdel dia de la data desta Nuestra provycion en adelante; no lo quitando dentro desde tiempo, quede perpetuo para siempre". Y esta sería la gran novedad con respecto al secuestro anterior, Carlos V transforma de este modo esta requisa en una compra forzada de juros. De tal forma que don Ramón Carande los califica como "deuda amortizable con tipo de interés alto"190.
El gasto de la armada aderezada en Barcelona fue tan grande que los ochocientos mil ducados sirvieron de muy poco y obligaron al monarca español a decretar nuevos secuestros que, si bien evitaron la solicitud de préstamos a los banqueros, no pudieron paliar el endeudamiento progresivo de la hacienda real, y así, en 1536 por una real cédula firmada en Madrid el 7 de mayo se ordenó el tercer secuestro. En esta fecha manda la emperatriz tomar 130.000 ducados de dos navíos que aportaron en Sevilla provenientes del Perú y a cambio se dieron juros a 30 mil el millar. Después, por una real provisión de 21 de junio, se mandó que se tomasen cien cuentos de maravedís, gracias al arribo de nuevos navíos e incluso otros 114 cuentos de maravedís más. A algunos de los interesados en la toma de éstos 114 cuentos se les dieron libranzas en las Indias, con un interés del 5 %, porque no quisieron juros191.
Como se puede comprobar por esta real provisión sólo se secuestra el oro y la plata llegada del Perú, pero esto no quiere decir que los metales llegados de otras partes de las Indias, iban a quedar en reserva en la Casa de la Contratación de Sevilla, ya que en una real cédula de este mismo año se libraban a los Fúcares 50.000 ducados para pagar con fondos provenientes de Indias exceptuando los del Perú192.
Las quejas de los mercaderes y tratantes fueron tan numerosas que terminaron siendo recogidas por los procuradores de las Cortes celebradas en Valladolid el 29 de junio de 1537. En ellas se pedía al monarca que tuviera en cuenta el hecho de que con el trato de las Indias se enriquecían sus reinos, y por ello ordenase que: "no se tome oro alguno a ninguno que trate y venga de las Indias, porque de esta manera crecerá el trato y se enriquecerán mucho estos reinos, y haciendo lo contrario no habrá quien querrá tratar en las dichas Indias ni ir a ellas, ni lo que allá están osarán ni querrán venir"193. Ante tales súplicas el emperador dirigía una Real cédula a los oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla, en el mes de enero de 1538, en la que les indicaba "que no se tomara oro ni plata a los que la trajeran de Indias"194.
Sin embargo, la promesa iba a quedar pronto en olvido y de nuevo las necesidades de la política imperial van a llevar a Carlos V a tomar resoluciones en materia económica, contrarias a las que él mismo desearía. No obstante, el 26 de mayo de 1538 los oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla notificaban al Consejo de Hacienda que los 700.000 ducados que habían llegado para su Majestad en la armada de Blasco Nuñez de Vela se habían gastado en libramientos a los banqueros genoveses y que en concreto habían mandado labrar 50.000 ducados para enviarlos a Barcelona "para cuando su Majestad en buena hora venga"195.
Por desgracia, los envíos reales resultaron insuficientes y el monarca envió a los oficiales una real provisión firmada el 17 de septiembre para realizar otro gran secuestro "de lo que montó el oro y plata que vino de las Indias en las naos de la armada del capitán Blasco Nuñez de Vela" y de este modo continuar sufragando los gastos de la guerra contra el turco. Se volvía a conceder a las iglesias, monasterios, hospitales y personas particulares que lo habían padecido unas cartas de privilegios, unos juros tasados a 30.000 maravedís el millar196. Los atrasos considerables en los múltiples pagos explicaban que Carlos V dictase el cuarto de los secuestros, puestos que no había encontrado otro medio más adecuado con el cuál socorrerse.
Las remesas de particulares secuestradas ahora sumaban 250.000 ducados y en ellas, a pesar de las reiteradas promesas, no se exceptuaba el dinero de los mercaderes.
De nuevo las Cortes que ese mismo año de 1538 se celebraron en Toledo le recordaban al Emperador la petición que le habían hecho en 1537 para que cesase la toma que se hacia a los mercaderes y otras personas que traían oro de las Indias por los inconvenientes que allí se expresaban.
Sin embargo, el Emperador les contestó con una respuesta evasiva, pues necesitaba ese dinero porque, de nuevo, debía atender a necesidades ineludibles, pues a los gastos de la armada que se había formado en España para la lucha contra el turco, había que sumar también los realizados por las naves pertrechadas en Italia por Andrea Doria.
El pago de la campaña de Túnez, tal y como Carlos V lo había planeado, con directa aplicación de las remesas ultramarinas, propias y ajenas, sin solicitar créditos bancarios, no pudo evitar, la exportación de capitales, puesto que gran parte del gasto se cubrió fuera de España. Aquí sólo quedaría el dinero necesario para sufragar los gastos ocasionados en los astilleros catalanes, murcianos y andaluces, por el aderezo de las naves, y la requisa de las embarcaciones fletadas con el mismo destino; así como la dotación de soldados, marineros; provisión de equipos, vitualles y artillería.
En estas incautaciones sucesivas de Carlos V, destinadas a la empresa de Túnez, parecía revivir el espíritu de su abuelo don Fernando, cuando pensaba en los fondos que pudieran llegar de las Indias para llevar a cabo su ilusionada cruzada de hacer del Mediterráneo, un mar reservado por entero al catolicismo en contra del Infiel. Es lo mismo que al cabo de los años pretende su nieto don Carlos cuando al solicitar los fondos de la Casa de la Contratación se justificaba ante los oficiales: "pues el Señor lo da, y yo no lo quiero sino para su servicio en esta guerra de Africa"197.
EL PAPEL DE LAS AZORES EN LOS SECUESTROS
Los secuestros llevados a cabo por el Emperador sí liberaron a la corona de los leoninos emprestitos de genoveses o alemanes, pero hicieron un grave daño a los emigrantes españoles que se vieron privados de su oro y plata a cambio de unos juros que no les producía gran beneficio y tampoco les brindaban esperanzas de obtener el pronto reintegro de sus caudales.
El secuestro se convirtió enseguida en una amenaza que tendría gravísimas consecuencias, pues se tradujo en desvíos de remesas en los puertos intermedios antes de llegar a Sevilla, pero también en ocultaciones y grandes fraudes.
Si las islas Azores como dijimos anteriormente, fueron siempre escala casi obligada en el regreso de las flotas que venían de América, pronto se convirtieron en refugio y defensa de los intereses de los particulares frente al poder de la Corona. El secuestro efectuado en 1534 sobre los caudales peruanos que llegaron a Sevilla, provocó tanta desconfianza entre los conquistadores que regresaban a la Península, que optaron por evadir sus capitales en los puertos intermedios de la ruta atlántica de regreso.
Un claro ejemplo de esta estratégia de "pasaxeros e otras personas particulares" nos lo brinda uno de los barcos afectados por el secuestro de 1535: el navio nombrado Sant Nicolas, del cual "algunos de los pasajeros que en este memorial van no vinieron a Sevila porque se quedaron en las yslas de las Açores con su oro" según el informe que los oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla enviaron al Consejo de Hacienda con la relación de las cantidades registradas de oro y plata198.
Sin embargo las Azores no sólo fueron un puerto de "acogida de caudales" de la carrera de Indias, sino que también jugaron un importante papel en la defensa de las flotas españolas. Y así, en ese mismo año de 1535 y concretamente en el mes de febrero, se enviaba una Real Cedula a Luis Fernandez de Alfaro, contador de la Casa de la Contratación para que preparara una Armada que defendiera las naos que regresaban de Indias porque "somos ynformados que de algunos dias a esta parte an salido algunos corsarios e otros fazen aparexos para salir a fazer daño e robar... tomando las mercaderias e perlas, oro e plata e otras cosas que los mercaderes e otras personas trahen e llevan a Nuestras Indias del Mar Acceano"199. Esta Armada iría destinada a proteger a las naos al final de su ruta atlántica, entre las Azores y el golfo de Cadiz, tanto porque llegaban ya agotados y con menor capacidad defensiva, como porque al traer sus bodegas llenas de riquezas desataban las codicias de quienes no tenían acceso directo a ellas.
Posteriormente la Corona mantendrían los escuadrones navales para la protección de la flota: uno en Sevilla para patrullar por el golfo de Cadiz y entre el cabo de San Vicente y las islas Azores, y otro en Santo Domingo para proteger los puertos e islas del Caribe200.
Pero además, en las Azores los maestres de las flotas también recibían las noticias sobre la situación de Europa, tanto mercantil como bélica, además de las órdenes precisas para la última etapa del viaje.
LOS SECUESTROS MOTIVADOS POR LA GUERRA CONTRA ALEMANIA
En 1544 Carlos V tiene que hacer frente al problema que le presentan los luteranos alemanes, al mismo tiempo que continua la guerra con Francia. Para ello sigue necesitando dinero y hombres, lo que supone, de nuevo, apuros económicos, que vienen a aumentar la deuda acumulada por la abundancia de letras de cambio y asientos que ha suscrito con los banqueros alemanes e italianos. Es decir, las consabidas obligaciones que solo podrá solventar con la ayuda de las remesas indianas.
El emperador va a ordenar un nuevo secuestro: "del oro que viniere en las naos que se esperan, proveais que se tome la parte de ello que pareciere para ayuda a suplir las necesidades que se ofrecen"201. Las disposiciones para el secuestro se debieron ordenar nada mas llegar la flota a fines de noviembre. A los pocos dias el príncipe Felipe comunicaba a su padre el emperador que según el acuerdo del Consejo Real y el de Hacienda "paresció que se podrían tomar hasta 180.000 ducados de todos en universal, y en particular hasta otros 50.000, de cien mil que traía un tal Arnani, que murio viniendo de las Indias en esta armada; de manera que sería por todos hasta doscientos treinta mil ducados"202. El secuestro se efectuó el 12 de diciembre.
Los pasajeros recibirían a cambio del secuestro unos juros al quitar a dieciocho mil el millar o a ocho mil de por vida o libranzas en las Indias con interés del siete por ciento a los mercaderes y a los particulares, que no recibían tanto daño, a un cinco por ciento.
En los años siguientes apenas llegó numerario de Indias a causa de las revueltas del Perú. Sin embargo conviene señalar que en la Casa de la Contratación se pudo liquidar atrasos acumulados y viejas libranzas. Pero, no será hasta 1550, año del regreso del licenciado don Pedro de La Gasca, cuando el monarca español reciba una cantidad de dinero considerable que le ayude a resarcirse de sus deudas préteritas.
En 1550 se esperaba un importante aporte de las Indias, ya que debían llegar los tesoros retenidos en el Perú durante el transcurso de las guerras civiles. Por ello, el emperador ordenaba que se concertara un asiento con Alvaro de Bazán para que aderezase y armase seis galeones con el fin de traer todo el oro, plata y perlas que hubiera en las Indias de la Real Hacienda y de particulares. Y para que los dichos navios "anden a mejor recaudo y puedan traer con mas seguridad los tesoros y pelear con los corsarios que topasen en la dicha navegación"203 .
Al mismo tiempo, el emperador proveyó que se hiciera otra armada de ocho naos y de dos carabelas que, al mando del capitan Sancho de Biedma, fuera con toda presteza a traer de Nombre de Dios todo el oro y la plata del Perú, que allí tenía el licenciado don Pedro de La Gasca. Después debían volver las dos armadas juntas en conserva204.
El miedo a unos corsarios que podían encontrarse no sólo en la zona de las Azores, sino a lo largo de toda la carrera de Indias, es el motivo por el cúal se ordena que las flotas vayan acompañadas de gente de guerra con artilería y municiones suficientes, que se guardaban en la Casa de la Contratación.
Carlos V necesitaba poder contar de nuevo con el dinero de Indias para continuar su política exterior. Por ello se dirige al Consejo de Indias el 25 de enero de este año de 1550, para ordenar que "todo lo que viniere de Indias se remita urgentemente al Consejo de Hacienda para que dispongan de ello como de las otras cosas de nuestra hacienda, en cumplir lo necesario. E incluso, aprovechando el asiento que se ha hecho con don Alvaro de Bazán, sus armadas podrían traer el dinero más a menudo y habiendo en el Consejo de Hacienda noticias de las cuentas indianas, los oficiales reales tendrían mas cuidado de enviar todo lo que hubiera para su Majestad"205.
Pero, además, el emperador también consideraba como numerario real "los bienes que hay en Indias de las personas que fueron condenadas junto con Gonzalo Pizarro"206. Lo que en cierto modo también es un secuestro de dinero de particulares, aunque no lo defina como tal.
El 20 de septiembre de este año de 1550 llegó a España la flota de don Pedro de La Gasca, con gran cantidad de oro y plata. Con esas remesas indianas se pudo liquidar deudas atrasadas de los banqueros alemanes, castellanos y sobre todo genoveses. E incluso alcanzará para apoyar al Pontífice e intentar solucionar el conflicto de Parma207.
Sin embargo, las remesas traidas por La Gasca no fueron tan numerosas como para pagar todas las deudas contraidas por el emperador, por lo que reaparecerán los secuestros a partir de 1551, pero con una gran novedad: ahora se van a requisar los depósitos y los bienes de difuntos custodiados en la Casa de la Contratación, llegando incluso a abusar de estos fondos.
Los depósitos de bienes de difuntos van a ser un facil recurso a la hora de socorrer a la Real Hacienda. En 1550 se establecieronn en Indias unos Juzgados especiales, denominados bienes de difuntos, que fueron encargados de inscribir y controlar las herencias de la gente que fallecía en los territorios americanos para transferirlos después a Sevilla, donde se entregarán a sus posibles herederos o se donaran a obras benéficas, en su mayoría religiosas. Es decir, el no tener dueño directo facilitaba más las cosas a la hora de su posible embargo.
La primera orden de secuestro se decreta a final de abril en 1551. Ahora se requisa el oro y plata de propiedad de pasajeros y bienes de difuntos hasta la suma de 600.000 ducados.
El príncipe Felipe, en el otoño del año siguiente, escribe a Carlos V una carta desde Monzón en la que, entre otros asuntos, le menciona a su padre la realidad de lo que llegó de las Indias y los pagos efectuados con ese dinero, entre ellos lo secuestrado de los depósitos de difuntos en 1551: "los nueve navios que habían partido de Tierra Firme con 118.293 pesos y más de 3.241 marcos de plata sin ensayar, han llegado a Sevilla, siete de ellos, los cuales han traido en plata hasta 124.000 ducados, poco más o menos... Y en otras tres naos que vinieron de Santo Domingo se trajeron para su Majestad 5.793 marcos de plata de lo que traía de la Nueva España el galeón de don Luys que dió al través en aquella isla, que podrían montar 34.000 ducados poco más o menos. Y en dicho galeón venía para V. Majestad 1,864 marcos de plata... por manera que todo lo que estas naos han traido para vuestra Majestad montarán 158.000 ducados, poco más o menos, los cuales se han gastado en cumplir los 80.000 ducados que se debían a los Fugger y Welser, de cambios que se hicieron allá con ellos... y también se pagaría lo que prestaron los vecinos de Sevilla, y lo que se tomaron de los depósitos de la Casa de la Contratación, que monta todo 136.000 ducados; y los 22.000 ducados restantes se han gastado en las provisiones para la resistencia de la armada del turco. Y lo que trajere y viniere en las dichas naos del Perú que faltan se han de pagar 215.000 ducados que ahora se han consignado en los Fugger y genoveses. Los cambios que el embajador Figueroa ha hecho con los mercaderes en Genova se han de pagar, una parte, 157.000 ducados en el primer oro o plata que viniere del Perú y de las otras partes de las Indias"208.
Estas libranzas de la Casa de la Contratación llevaban consigo unas licencias de sacas, lo que suponía una evasión creciente de metales preciosos, de lo cual se quejaban los mercaderes castellanos que veían cómo el oro y la plata no se quedaba en los mercados nacionales. Pero también protestaron los otros banqueros que quedaron fuera de estas libranzas, conocedores de la merced concedida a los Fugger y que también querían sacar partido de las licencias de sacas igual que los alemanes.
Posteriormente, en 1553 nos encontramos de nuevo con que las deudas económicas de la política imperial sigue acuciando a la economía castellana, tal como se refleja en la carta que el príncipe Felipe dirige a su padre desde el Pardo el 13 de junio, en la cual le señala las consignaciones en el oro y la plata de la flota que ha de llegar209. Se han de pagar el cambio de los 600.000 ducados que los Schetz habian dado en la feria de octubre del año anterior de 1552. De igual modo se librarán a los Fugger 100.000 ducados a cuenta del asiento de Villach. A los genoveses, a pesar de que les han pagado con las remesas anteriores, aún les deben 170.000 ducados. Y por último, el príncipe Felipe se muestra reacio acerca del secuestro ordenado por el emperador, pues como ya había ocurrido muchas veces, teme que sí la noticia trasciende, algunas naves se quedarán en las Azores o si llegan a Sevilla tendría que escuchar las lamentaciones de los mercaderes por la paralización del mercado que supondría210.
Las objeciones del príncipe Felipe no eran en vano, ya que el año anterior el propio Consejo de Indias le habia presentado un informe, en el que le indicaban las graves consecuencias que los empréstitos forzosos causaban al comercio indiano211. Además de la posibilidad de un nuevo desvío de metales en las Azores. El temor de desembarco de remesas en esas islas parece estar siempre presente en los análisis del futuro Felipe II.
Sin embargo, igual que en ocasiones anteriores, el príncipe tendría que acceder a los deseos del emperador, ahora su propia experiencia política le hizo apoyar a su padre para que los acontecimientos no les cogiesen desprevenidos en Inglaterra, como había ocurrido en Alemania o Italia.
Por otra parte, la flota, que llegó a finales de octubre, contaba con cinco naos de Tierra Firme y cuatro de la Nueva España. Para su Majestad traía 456.888 ducados y para mercaderes, pasajeros y particulares 2.474.504 ducados. "Y en las islas de las Azores hay nueva que ha llegado el navio almirante que venía con esta flota y que quedró atras y porta para su Majestad 130.000 pesos en Plata..." De lo que trae esta nave queda ya distribuido en pagar a los Fugger y Schets lo que en ello les estaba librado de sus cambios212. E igualmente se envió con Juan de Figueroa una buena cantidad para pagar algunas deudas del emperador de las jornadas pasadas o de la de Metz y para pagar la infantería española y lo de Trévere y la casa del emperador. Tras todos estos pagos apenas quedaba dinero disponible para los planes políticos del emperador. Por ello, el príncipe Felipe, siguiendo el mandato de Carlos V, ordenó a los oficiales de la Casa de la Contratación tomar las partidas de oro y plata de mercaderes, pasajeros y particulares que llegaron en esa flota del mes de octubre. Otro secuestro, en el que se mandó retener hasta 400.000 ducados de las partidas de mercaderes y otros 200.000 ducados de las de pasajeros y particulares.
A los mercaderes les serían pagados sus 400.000 ducados de los 130.000 pesos que la nao almirante de la dicha flota tenía para su Majestad y se había quedado atrás en las islas de las Azores. También se les podrían abonar otros 26.000 pesos, poco más o menos que trajo de Honduras para su Majestad una carabela de la armada que despachó de Tierra Firme el capitán Carreño213. Y lo que faltase sobre estas dos partidas "se cumpliría de juros que se vendiesen, y si las partes quisiesen ser pagadas en juros, se les daría a 18.000 maravedís el millar al quitar y se despacharían los privilegios en las rentas y partidas que quisiesen y cupiesen.
Los otros 200.000 ducados de los pasajeros y particulares serían pagados en juros de 30.000 el millar, con condición que "si no les fuesen redimidos y quitados dentro de seis años, quedasen perpetuados". Las partidas de los mercaderes y particulares fueron embargadas a partir del 15 de diciembre de ese año, mes y medio más tarde de la llegada de lo flota, según la órden que tenían los oficiales de Sevilla. Sin embargo, la Real Cédula sobre el secuestro no les llegó a Sevilla hasta el 15 de febrero del año siguiente de 1554 214.
El dinero de este secuestro se empleó por completo para satisfacer los planes de Carlos V para lograr una alianza con Inglaterra. Por ello desde Bruselas ordenó a su hijo que solo utilizara para su viaje los tesoros ultramarinos. "Para necesidad tan evidente", era lógico el secuestro de los mercaderes caudalosos y de los pasajeros "de manera que, por lo menos trajereis con vos un millón cumplido"215. Carlos V deseaba que la provisión de fondos para el viaje de su hijo a Inglaterra, no procediese de ayudas de los banqueros, sino que se sirviera primordialmente de los tesoros indianos.
El príncipe Felipe va a lograr, según los deseos de su padre, llegar a Inglaterra contando con el dinero del secuestro y una gran parte de la Real Hacienda Indiana, después de haber pagado las libranzas correspondientes "allegar cerca de un mi-llón para llevar conmigo, demás del gasto de la armada que mandó juntar para mi pasaje y por la prisa de mi partida se llevará buena parte de ello en plata como viene de las Indias y el resto irá en moneda de reales de ocho y de cuatro y de a dos y de a uno y en coronas de oro todo lo cual hago llevar a la Coruña, donde me he de embarcar placiendo a Dios"216.
LOS ULTIMOS AÑOS DE CARLOS V: LA PRECARIA SITUACION HACENDISTICA LLEVARA A NUEVOS EMBARGOS DE INDIAS.
Tras la partida del príncipe Felipe a Inglaterra y estando el emperador en los Paises Bajos, quedó como regente en España la princise doña Juana de Austria. En un breve espacio de tiempo -desde finales de 1554 hasta 1556, en que el futuro Felipe II se hace cargo de la corona- en el cual se trata de saldar lo más rápidamente posible todos los conflictos políticos y hacendísticos pendientes, antes de la retirada definitiva del emperador.
Sin embargo, la situación de la hacienda castellana no se presenta en absoluto favorable: apenas se recaudan ingresos extraordinarios, descienden los asientos, y sobre todo la persistencia de las cuantiosas sacas de metales preciosos que el emperador había ordenado para cubrir las anteriores obligaciones de su inestable política exterior. Todo ello hacía previsible unos nuevos secuestros del oro y plata de particulares, mercaderes y bienes de difuntos.
El anuncio de otro posible embargo provocó, como había ocurrido en la campaña de Tunez, que varias naos que venían en la flota de Tierra Firme al mando de Cosme Rodriguez Farfan se desviaran a Portugal, temiendo la inevitable incautación de sus bienes217:
La nao almirante de don Gonzalo de Carvajal, de que vino por maestre Diego Bernal aportó a Lisboa.
La nao de Sebastían Flores nombrada "Santa Maria la Bella" aportó a Portugal (Villanueva de Portiman).
La nao de Diego de Lepe nombrada "Santa Maria" aportó a Portugal (Lisboa).
La nao de Marcos de Nápoles nombrada "Santiesteban" aportó a Portugal (Setubal).
La nao de Alonso Pérez Granelo nombrada "San Miguel" aportó a Portugal (Setubal), la cual por no estar para navegar a causa de la mucha agua que hacia, el dicho maestre se pasó con las partidas de oro y plata que en ella traía a la nao maestre Martin Garcia.
La nao de Martin Garcia nombrada de "Santiago" que aportó a Portugal (Setubal).
Desde Portugal se llevó el oro y plata por tierra a la Casa de la Contratación de Sevilla.
Por fin, el resto de la flota llegó a finales del mes de enero de 1555 a Sevilla, al mismo tiempo que el emperador se dirigía al Consejo de Hacienda induciendoles a encontrar los medios necesarios para "con brevedad remediar y socorrer nuestras necesidades o parte de ellas" e insiste además en que "se entendiese en labrar las minas de oro, plata y cobre de las Indias haciendolas beneficiar para Nos y en nuestro nombre enviando esclavos y factores"218. La suerte, en este punto, acudió en ayuda de Carlos V, ya que en este mismo año de 1555 Bartolomé Medina puso en práctica en Pachuca (Nueva España) su procedimiento de "patio" para el beneficio de la plata, mediante el baño del mineral con azoque, lo cual reinvertirá muy positivamente en los envios de plata a España219.
En el mes de febrero los oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla ya podían contar con las relaciones de los fondos llegados de Indias para su Majestad, así como el de los particulares, mercaderes y difuntos. Con ese dinero de Indias, que ascendía a 53.809.875 maravedís (143.493 ducados) se hicieron frente a las necesidades más urgentes del Consejo de Guerra. Y así, se entregaron a Diego de Cazalla 15.000 ducados para lo de Orán, otros 20.000 ducados para los gastos de las fronteras de Africa y otros 20.000 ducados para comprar bastimentos también para la defensa de ese área del mediterráneo.
De igual modo, según una real cédula fechada en Valladolid el 16 de marzo los dichos oficiales, de otra partida que sumaba 8.467.189 maravedís (22.579 ducados) pagaron a Constantín Gentil 15.000 ducados por otros tantos que dió al tesorero Alonso de Baeza. Sin embargo una real cédula fechada unos días antes, el 7 de marzo, suspendía las consignaciones de los Fugger en el dinero de la flota. Con este pequeño ejemplo, quizá estemos asistiendo al inicio del apoyo del monarca a los genoveses frente a los alemanes, hecho muy generalizado en los negocios de Felipe II.
Sin embargo la cantidad que venía registrada para la Real Hacienda era insignificante ante tanto gasto público por parte del emperador, por lo que el Consejo de Hacienda debe determinar otro secuestro de 800.000 ducados, de los cuales 200.000 ducados deberían entregarlos a Agustín de Santander, para que los entregara en Flandes220. También se han de pagar 30.000 ducados a los mercaderes en ""cuenta de lo que se les tomó el año de 1553. Igualmente se han de tomar otros 30.000 ducados que se necesitan hasta completar los 60.000 ducados, para el despacho de los 5.000 hombres que han de ir a Italia. Habrá que separar, del mismo modo, otra partida para pagar a los mercaderes burgaleses por deudas atrasadas.
El secuestro se había hecho obligando a los pasajeros y particulares a aceptar juros de "al quitar", a razón de veinte mil el millar. Sin embargo el dinero disponible en la Casa de la Contratación era insuficiente y por ello aún se esperaba en Sevilla la llegada de la flota de Nueva España, para poder secuestrar también las partidas de los pasajeros y particulares, para que con ellas y lo correspondiente a la Hacienda Real se pudieran solventar las necesidades urgentes de Flandes y de Italia. De hehcho, incluso las libranzas que estaban consignadas a los Fugger y Schetz en el dinero de Indias debían quedar en suspenso hasta el próximo envio221.
Después de llegar la flota de Nueva España en el mes de junio, se "tomó" no sólo el dinero de pasajeros y particulares, sino también el de los mercaderes y tratantes de la ciudad de Sevilla. Por una real cédula de 21 de agosto dirigida a los Alcaldes mayores de la audiencia de la cuadra, de la ciudad de Sevilla, el emperador justifica, por sus grandes necesidades el nuevo secuestro a los mercaderes y tratantes de la ciudad de Sevilla de la cantidad de 100.000 ducados del oro y plata provenientes de la flota de la Nueva España. Posteriormente también ordenó tomar todo el oro y plata que les habían traido en esas naos y de lo que se salvó de las tres naos que el año pasado de 1554 venían de la dicha Nueva España y dieron al través en la costa de la Florida222.
Las Cortes de Valladolid de este año de 1555 reiteraron su deseo de que no se embargara, en Sevilla, el dinero que llegaba de Indias y expresaban su clara oposicióna los secuestros de los bienes de mercaderes y pasajeros a cambio de juros pues "se recrescen muchos daños, así a aquellos a quien lo toman porque no pueden hacer sus tratos y negociaciones, y poco a poco se iría disminuyendo y perdiendo la contratación como a aquellos a quien ellos deben, porque no pudiendoles pagar se vienen a alzar con sus haciendas e también las rentas reales vienes en disminución por causa de cesar el diho trato"223. Pero indudablemente sus quejas no tuvieron éxito y el secuestro se llevó a cabo.
A estos mercaderes y tratantes se les pagaría en censos "al quitar" a razón de catorce mil el millar y si no querían juros, se les libraría con las rentas, quintas y dineros que pertenecían a la Real Hacienda de la Nueva España. Recibían además el interés que les correspondía por el retraso de la paga a razón de doce por ciento al año, contando desde el día que se les embargó hasta la fecha del libramiento con esos fondos reales provenientes de la Nueva España.
1556 supone el final del reinado de Carlos V. La primera mitad del año corresponde a su gobierno, mientras que a partir de septiembre será Felipe II quien tome definitivamente las riendas del poder.
En estos meses la inversión del dinero de Indias se dirige, en cierto modo, a tratar de soluccionar al máximo la precaria economía del emperador. Y así lo expone Felipe II en una carta, fechada en Amberes a inicios de marzo, dirigida al Consejo de Hacienda, en la cual les pide que le envien el numerario preciso para pagar la casa de su Majestad, "que se ha de licenciar" y la suya propia, así como los sueldos de la Infantería y Caballería. De igual modo también necesitaba dinero para pagar las deudas atrasadas de banqueros y hombres de negocios224.
Cumpliendo las disposiciones del príncipe Felipe el Consejo de Hacienda ordenó a los oficiales de la Casa de la Contratación para que del primer oro y plata que viniera de Indias para la Real Hacienda, se libraran en primer lugar las deudas a los hombres de negocios, pendientes de sus consignaciones desde el año anterior de 1555. De esta manera se pagarian a los Schetz 400,000 ducados; a los Fugger 100.000 ducados y a Juan Jacome Fugger otros 154.000 ducados. El resto se debía emplear en pagar "los secuestros" que se hicieron del oro y la plata en 1553 y tambien la amortización de los juros establecidos en la Casa de la Contratación los años pasados, consecuencia del grán débito que arrastraba la hacienda real.
Sin embargo, y a pesar de este intento desesperado del Consejo de Hacienda por salvar la precaria economía de Carlos V antes de acceder al trono su heredero, no se consiguió. En los últimos años el emperador estuvo a merced de banqueros y hombres de negocios, de tal forma que don Ramón Carande ha calculado una cifra media de 2.000.000 de ducados anuales, tomados en préstamo de 1553 a 1556 225. Por todo ello, la hacienda real, cuando Felipe II recibía la corona en septiembre de 1556, se encontraba en una situación bastante precaria.
BALANCE GENERAL DE METALES LLEGADOS DE INDIAS, CON LOS CONSECUTIVOS SECUESTROS Y SU INVERSION DURANTE EL REINADO DE CARLOS V.
Al estudiar el reinado de Carlos V hemos podido comprobar como, en cada coyuntura política, siempre pudo contar con el numerario indiano suficiente para hacer frente a los múltiples conflictos bélicos en los que se vió involucrado.
En la década de los años veinte, se registraron en la Casa de la Contratación de Sevilla 165.909.366 maravedís y a ello contribuyeron principalmente los tesoros que Cortés envió desde la Nueva España, pero también se sacaron beneficios de la especiería que trajo Elcano y la venta de las Molucas al rey de Portugal. A todo ello hay que añadir el secuestro del año 1523 que ascendió a 112.500.000 maravedís.
El destino de todo este numerario se dirigió principalmente a la investidura imperial y a la guerra con Francia.
A partir del año 1530, Carlos V pudo contar con las grandes remesas del Perú, que contribuyeron en gran manera a aumentar los registros de la Casa de la Contratación, que ascendieron a 1.116.030.169 maravedís.
En estos años el emperador ordenó cuatro importantes secuestros, en 1535 por un valor de 325.500.000 maravedís, en 1536 ascendió a 114.000.000 maravedís y en 1538, 86.250.000 maravedís. Todo ello fue destinado a la campaña de Tunez.
Los años cuarenta fueron los de mayor conflictividad en Alemania y a aquel país se destinarán una gran parte de las remesas de Indias. En estos años se registraron en la Casa de la Contratación: 656.061.548 maravedís y en 1545 se realizó otro secuestro por valor de 86.250.000 maravedís.
A partir del año 1551, comienzan a llegar de las Indias mayor cantidad de numerario debido no sólo a una mayor explotación de las minas, sino también al empleo del sistema de la amalgama de la plata con el azogue. Hasta 1556, final del reinado del Cesar Carlos se registraron en la Casa de la Contratación: 2.494.934.673 maravedís.
En este corto periodo de tiempo se realizaron tres secuestros: en 1553 por un valor de 225 millones de maravedís, en 1555 por un total de 310.968.694 maravedís y en 1556, 600.758.758 maravedís.
Como conclusión, debemos afirmar que una gran parte de esta Hacienda Real Indiana se destinó a sufragar los gastos de la guerra con Francia; igualmente se pagó a los hombres de negocios alemanes y genoveses su contribución a los gastos de las contiendas pasadas y por último también se pudo satisfacer la parte de la dote correspondiente a la boda del príncipe Felipe con Maria Tudor. Es decir, los tesoros de América fueron el gran soporte de la política imperial de Carlos V como posteriormente lo será también de los futuros felipes.